¿Qué es exactamente una vivienda de uso turístico?
En corto, será cualquier vivienda que se alquile temporalmente.
Si todos conocemos el alquiler habitual, este tiene periodos mínimos de un año y el contrato puede alargarse más de 5 años, las viviendas turísticas no entran dentro de esta clasificación.
Serán decidas con fines vacacionales y totalmente preparadas para su uso inmediato, comercializadas y promocionadas en canales de oferta turística.
¿Cuál es la normativa para las viviendas de uso turístico?
El Real Decreto n.º 256/2019, de 10 de octubre, por el que se regulan las viviendas de uso turístico en la Región de Murcia es de aplicación en la Región de Murcia para este tipo de viviendas.
De esta forma, tienes que cumplir todos los requisitos que se explicitan para poder alquilar tu vivienda de uso turístico.
Actualmente no hace falta cumplir más normativa, pero existe la posibilidad de que los distintos Ayuntamientos establezcan sus propias restricciones, algo que ya ha ocurrido en la Comunidad Valenciana.
Requisitos básicos para una vivienda de uso turístico en la Región de Murcia
En Murcia se han establecido los siguientes requisitos:
- Estar disponible para su uso inmediato. De esta forma, estará totalmente amueblada y equipada para el alojamiento.
- Publicitarse en canales de oferta turística. El Real Decreto incluye varios tipos de canales, pero básicamente es cualquier forma de ofrecer la vivienda a posibles clientes.
- Alquilarla por completo, o únicamente por habitaciones.
- Cederla con fines turísticos.
- Comercializarse con fines lucrativos. No se incluiría la vivienda que se cede de forma gratuita.
- Si se publicita en canales de oferta turística, existe comercialización de la vivienda.
- Alquilar la vivienda de forma habitual.
- Se entiende que sea habitual cuando se publicite en canales comerciales y que sea habitual y efectiva cuando se alquile dos o más veces dentro del mismo año o una vez al año pero en repetidas ocasiones.
Como puedes ver, los requisitos de entrada son sencillos pero además, no dejan mucho lugar a dudas. Así, prácticamente en cuanto entres en el alquiler de una vivienda, tendrás que cumplir la normativa que hemos mencionado.
¿Cuándo mi vivienda no será de uso turístico en la Región de Murcia?
Si tenemos en cuenta los anteriores requisitos, tendremos una serie de situaciones donde no tendremos viviendas de uso turístico y estaremos al margen de esta normativa:
- Disponer de inquilinos de carácter estable. En este caso sería aplicable la ley de arrendamientos urbanos.
- Las viviendas que, por el motivo que sea, se alquilen por temporadas pero sin precio o contraprestación económica. Quiere decirse, que no obtengas beneficio.
- Los apartamentos turísticos, los que se regulan por el Decreto 174/2018 de la Región de Murcia.
Habitualmente surge la duda de qué es un apartamento turístico. Por eso, vamos a intentar resolverlo.
¿Qué es un apartamento turístico?
Los apartamentos turísticos son edificios construidos con uso turístico para este fin.
De esta forma, por decirlo así, entran dentro de la categoría de edificios destinados expresamente al turismo. Algo similar a lo que ocurre con los hoteles.
Por ello, la diferencia es clara y no tiene nada que ver con una vivienda de uso turístico.
¿Cómo puedo alquilar mi vivienda para usos turísticos en Murcia?
Solo hay dos alternativas, según el Real Decreto aprobado.
Se puede alquilar completa, o por habitaciones.
Sin embargo, hay requisitos ligeramente distintos en función de cómo lo hagas.
os mando por wapsap ahora mismo unas preguntas
Buenos días Jose Luis,
Gracias por escribirnos.
Buenos días ¿dónde podría notificar telemáticamente un alquiler turístico ilegal en la región de Murcia? gracias
Buenos días Angélica,
La verdad es que desconozco el trámite específico, dudo que exista. El teléfono general es 968362000 y el trámite https://sede.carm.es/web/pagina?IDCONTENIDO=1890&IDTIPO=240&RASTRO=c$m40288 , llamando a ese número general y referenciando a ese procedimiento seguro que le dan información más precisa.
Si necesitas más información, no dudes en contactar con nosotros!
Buenos días, yo tengo dudas acerca del papel que juega en este proceso de solicitud de viviendas destinadas a apartamentos turísticos en edificios de vecinos. He estado leyendo al respecto y la normativa no hace mención a la necesaria conformidad de la junta vecinal, ni siquiera que haya que informar a administrador o comunidad al respecto. Me gustaría saber en qué casos, podrían llegar en casos extremos a bloquear o impedir la actividad turística en una vivienda perteneciente a un bloque comunitario. Muchas gracias
Buenos días Mario,
Es un tema interesante, sin duda. No es necesaria la aprobación de la comunidad y nunca se solicita esa aprobación como sí se hace en otros casos.
Para bloquear o impedir esa actividad es en cierto modo complicado, ya que se necesita aprobarlo expresamente en los estatutos de la comunidad, que deben estar convenientemente registrados ante notario y en el registro. Pero estos no pueden ser retroactivos, así que no se puede prohibir si ya había una vivienda turística anterior. Además, hay limitaciones legales por lo que se debe ser cuidadoso al redactar este cambio.
Está siendo origen de muchos problemas en comunidades, sin duda.
Un saludo!
yo quiero comprobar un numero de licensia turistica en cartagena VVMU 9999 para saber si es valida, como lo puedo hacer ? me di cuenta que esta informacion en airbnb no aparece como estar seguro que los pisos son en regla ?
Hola Frederic!
No es sencillo, en Murcia no hay un registro público que se pueda consultar. De inicio una vivienda turística debe tener la placa con el número de registro en un lugar visible. Por protección de datos no termino de saber si te pueden confirmar si tienen o no licencia. Quizás la Dirección general de turismo lo compruebe, pero dudo que respondan de manera concreta a tu solicitud. Siéndote sincero, nunca tenido un caso así en la Región de Murcia pero debería poder consultarse, sin duda alguna.
Un saludo!
En el capítulo 4 “registrar vivienda paso a paso” se cita en el “segundo paso” un documento certificado por un técnico. ¿Qué documento es ese? ¿Cómo se obtiene?
Muchas gracias
Hola Antonio!
Ese documento sería un certificado emitido por un técnico habilitado, es decir arquitecto o aparejador, donde se indique expresamente que la vivienda cumple con todos los requisitos legalmente exigibles para tratarse de vivienda turística. Sin embargo, desde el instituto de turismo no lo están solicitando actualmente, a pesar de ser un requisito expreso contenido en el decreto.
Un saludo!